PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 49
(Administración).- La Administración del Fondo Soberano Intergeneracional
de Inversión estará a cargo del Área Gestión de Activos y Pasivos del
Banco Central del Uruguay.
Son funciones del Administrador del Fondo Soberano Intergeneracional de
Inversión:
A) Implementar la estrategia de inversión definida por el Comité de
Dirección.
B) Proveer anualmente al Comité de Dirección un plan de negocios
para el Fondo Soberano Intergeneracional de Inversión, a efectos
de su aprobación.
C) Asesorar al Comité de Dirección para la definición de
estrategias de inversión.
D) Brindar al Comité de Dirección y al Poder Legislativo un informe
anual remitido a la Asamblea General para el seguimiento de su
gestión.
E) Reportar al Comité de Dirección sobre las actividades realizadas
y presentar los estados financieros del Fondo Soberano
Intergeneracional de Inversión con periodicidad cuatrimestral.
F) Presentar al Comité de Dirección al final de cada ejercicio los
estados financieros contables auditados y un reporte exhaustivo
que explique los resultados del Fondo Soberano Intergeneracional
de Inversión y la racionalidad de las decisiones.