Sustitúyese el inciso primero del literal A) del numeral 3) del artículo
482 de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, en la redacción dada
por el artículo 506 de la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, por el
siguiente:
"Entre organismos o dependencias del Estado, o con personas públicas
no estatales, o con personas jurídicas de derecho privado cuyo
capital social esté constituido en su totalidad por participaciones,
cuotas sociales o acciones nominativas propiedad del Estado o de
personas públicas no estatales".