Fecha de Publicación: 15/11/2013
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

 A los efectos del numeral 5) del artículo 46 del Texto Ordenado de la
Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF) se
considerarán a los Talleres de Producción Protegida que cumplen con los
requisitos establecidos en la presente ley, como empresas con solvencia y
responsabilidad demostradas.
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