(Criterios de acceso).- La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos podrá
conceder el acceso o negarlo teniendo en cuenta el principio de
sostenibilidad a largo plazo de los recursos hidrobiológicos, el de
proporcionalidad entre esfuerzo pesquero o extractivo y capacidad de
producción, la ordenación y los antecedentes del solicitante, así como los
factores socioeconómicos y ambientales pertinentes.