(Infracciones graves).- Se consideran infracciones graves:
1) El uso y tenencia a bordo, en la pesca artesanal, de artes y
métodos de pesca no autorizados.
2) Tratar la captura incidental de modo diferente a lo dispuesto por
la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA).
3) Transbordar el producto de la pesca a embarcaciones no autorizadas
o disponer de dicho producto antes de llegar al puerto de
desembarque.
4) Tratar los desperdicios de modo diferente a lo dispuesto por la
DINARA.
5) Suministrar a las autoridades competentes información falsa,
incorrecta o incompleta con relación a la pesca y a la acuicultura.