Fecha de Publicación: 09/05/2014
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 84

 (Referencias al Texto Ordenado 1996).- Las referencias efectuadas al
Texto Ordenado 1996 se considerarán realizadas a las normas legales que le
dieron origen.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 24 de abril
de 2014.
DANILO ASTORI, Presidente; HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI, Secretario.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 29 de Abril de 2014

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el
Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se establecen
normas para promover la inclusión financiera y el uso de medios de pago
electrónicos por parte de la población.
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