Fecha de Publicación: 09/09/2014
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Carilla: 14

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 2

 Inhibiciones. No podrán participar en calidad de concursantes, en ninguno
de los premios referidos, personas que participen directa e indirectamente
en su entrega, ya sea desde la elaboración de las bases, asesorías o en
cualquier instancia vinculada a los mismos.
Cuando hubiese acaecido la desvinculación del funcionario inhibido,
deberán haber transcurrido, al menos, ciento veinte días de su cese hasta
la fecha de inscripción, para que su participación pueda ser admitida.
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