Fecha de Publicación: 09/09/2014
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

Artículo 30

 Conferida vista del contenido del acta, ya sea en el momento de la firma
de la misma o posteriormente en la oficina, el presunto infractor
dispondrá de un plazo de diez días hábiles a contar desde el día
siguiente, para formular sus descargos sin perjuicio de los que hubiere
alegado en el acta de comprobación.
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