PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
. La distribución cuantitativa de los Médicos Residentes será realizada por el Consejo Administrador Honorario del Sistema Nacional de Residencias Médicas en los servicios de salud y demás instituciones acreditadas y en las distintas disciplinas médicas, con carácter previo a la realización del concurso anual. CAPÍTULO V DISPOSICIONES GENERALESAyuda