(Tipos de sanciones).- La comisión de infracciones dará lugar a la aplicación de las sanciones que se enumeran a continuación, las cuales se graduarán según su gravedad y considerando la existencia o no de reincidencia:
A) Observación.
B) Apercibimiento.
C) Decomiso de los elementos utilizados para cometer la infracción o
de los bienes detectados en infracción, sanción que podrá ser
aplicada en forma exclusiva o accesoria a las demás previstas.
D) Multa.
E) Suspensión de hasta noventa días en la prestación de la
actividad, en casos de infracciones muy graves.
F) Revocación de la concesión, autorización, licencia o registro
según lo establecido en el artículo 183 de la presente ley.