Fecha de Publicación: 14/01/2015
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 15/01/2015, 15/09/2015.

Artículo 48

   (Contenido de la sentencia).- La sentencia definitiva deberá:
   A)   Establecer si acoge o desestima la acción instaurada.
   B)   En caso de corresponder, establecer las sanciones que deberá
        cumplir el servicio de comunicación audiovisual demandado, de
        acuerdo a lo establecido en el Título X de la presente ley.
   C)   En caso de aplicarse la sanción de multa, el monto de esta y la
        obligación de abonarla al Consejo de Comunicación Audiovisual.
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