Fecha de Publicación: 14/01/2015
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 15/01/2015, 15/09/2015.

Artículo 73

   (Incompatibilidades).- El cargo de miembro del Consejo de Comunicación Audiovisual es incompatible con:
   A)   El ejercicio de actividades que pudieran afectar su independencia
        o imparcialidad;
   B)   Tener vínculos directos o indirectos con empresas o
        emprendimientos comerciales vinculados a la radio, la televisión,
        la publicidad, las telecomunicaciones o la comunicación;
   C)   El ejercicio de otra actividad remunerada, pública o privada,
        salvo la docencia o la investigación académica;
   D)   El ejercicio de funciones o cargos directivos o de asesoramiento
        en partidos políticos, sindicatos, comisiones, asociaciones,
        sociedades civiles o comerciales, fundaciones o similares;
   E)   La actividad política partidaria y gremial o sindical, con
        excepción del voto.
   No podrán ejercer funciones, cargos directivos o de asesoramiento, ni otras funciones en empresas o emprendimientos comerciales vinculados a la radio, la televisión, la publicidad, las telecomunicaciones o la comunicación, hasta por un año luego de finalizado su mandato.
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