Fecha de Publicación: 24/02/2015
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 11

   (Director General de Secretaría).- Es el tercero en el mando en el Ministerio del Interior y tiene como cometido esencial la coordinación de las acciones entre las unidades del Inciso. A su vez, le compete la administración y gerenciamiento de todos sus recursos humanos, materiales y financieros.
   El Director General de Secretaría será secundado por un Subdirector, quien actuará bajo el mando del primero.
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