(El Estado Policial del personal en situación de retiro).- El policía en situación de retiro tendrá los siguientes derechos, obligaciones y prohibiciones:
1) Derechos:
A) El cobro del haber de retiro y la pensión para sus
derecho-habientes de conformidad con la ley.
B) El uso del título.
C) La asistencia prestada por la Dirección Nacional de Sanidad
Policial.
D) El porte de arma y el uso del uniforme social o de gala,
distintivos, insignias correspondientes a cada grado, con
fines protocolares, lo que deberá ajustarse a las normas
legales y reglamentarias en vigor, con excepción del
personal de la Escala Básica.
2) Obligaciones y prohibiciones:
A) No divulgar información sobre hechos o documentos que por su
propia naturaleza debieran permanecer reservados,
confidenciales o secretos.
B) La sujeción al régimen disciplinario policial durante los
primeros cuatro años de su pase a retiro.
C) Realizar manifestaciones que atenten contra el respeto a los
Poderes del Estado, sus autoridades y/o formulen críticas
sobre la organización y estructura de la institución,
gestión y políticas adoptadas por autoridades, durante los
primeros cuatro años de su pase a retiro.