Fecha de Publicación: 02/03/2015
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 6

   (Ámbito de aplicación subjetiva).- Las personas físicas o jurídicas, públicas y privadas que desarrollen a nivel nacional y departamental las actividades mencionadas en el artículo anterior estarán comprendidas por las disposiciones de esta ley.
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