PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Artículo 7
(Promoción de Inversiones).- Declárase de interés general la inclusión de las actividades de Biotecnología y sus aplicaciones definidas en el artículo 5° de esta ley en el régimen de promoción y protección de inversiones, establecido en la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998 y demás normas reglamentarias correspondientes.
CAPÍTULO II
AUTORIDADES COMPETENTES