Créase en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", la unidad ejecutora 034 "Dirección Nacional de Asuntos Sociales". Transfiérense a esta unidad ejecutora, los recursos humanos, materiales y financieros afectados a las actividades y dependencias de la unidad ejecutora 025 "Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial" que se asignarán en el programa 402 "Seguridad Social" y de la unidad ejecutora 030 "Dirección Nacional de Sanidad Policial", que se asignarán en el programa 440 "Atención Integral de la Salud".
Suprímense las unidades ejecutoras 025 "Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial" y 030 "Dirección Nacional de Sanidad Policial".
El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo.