Separata
PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 10/03/2016.
Agrégase como segundo inciso del artículo 36 de la Ley N° 19.315, de 18 de febrero de 2015, el siguiente:
"Los literales G), H) y M) serán de aplicación exclusivamente
para el personal del subescalafón Ejecutivo".
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