Fecha de Publicación: 05/01/2017
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Carilla: 30

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 22

   Se facilitará la concurrencia de los funcionarios a los cursos a que asistan, sean estos curriculares, universitarios, de especialización o perfeccionamiento u otras actividades que por su naturaleza signifiquen un beneficio directo o indirecto para el Organismo.

                              CAPÍTULO VIII

                         EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
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