PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Los funcionarios del Organismo cualquiera sea el grado al que ingresan, serán evaluados en su desempeño y aptitudes periódicamente, de acuerdo con la reglamentación respectiva, la que establecerá los órganos y el procedimiento, así como los factores a utilizarse en la evaluación. CAPÍTULO IX ASCENSOSAyuda