Fecha de Publicación: 05/01/2017
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Artículo 9

   Todas las designaciones de ingreso tendrán carácter provisorio por el término de doce meses, durante el cual el Directorio podrá dejar sin efecto el acto administrativo respectivo, por resolución fundada. Transcurrido dicho plazo sin que exista manifestación expresa del Directorio, el funcionario adquiere derecho a la permanencia en el cargo quedando amparado en las disposiciones del presente Estatuto.

   La permanencia en el ejercicio de las funciones de alta conducción queda sujeta a lo dispuesto en el Reglamento de Evaluación correspondiente.
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