PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 23
A los veinticuatro meses contados a partir de la promulgación de la presente ley el Gabinete Ministerial de Transformación Productiva y Competitividad presentará a la Asamblea General una evaluación del resultado de la aplicación de esta ley.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 13 de diciembre de 2016.
GERARDO AMARILLA, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
Montevideo, 23 de Diciembre de 2016
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se crea el "Sistema Nacional de Competitividad".