Fecha de Publicación: 30/01/2017
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 28

   (Competencia por razón de lugar).- Las Fiscalías especializadas en Crimen Organizado tendrán la competencia territorial que determinan las leyes especiales en la materia.
Ayuda