Ley 19.513
Créase la Comisión de Lucha Contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo.
(2.641*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General
DECRETAN
TÍTULO I
DE LA COMISIÓN DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y EL CRIMEN
ORGANIZADO TRANSFRONTERIZO Y DEL COMITÉ DE SEGURIDAD
PARA LOS PASOS DE FRONTERA
CAPÍTULO I
DE LA COMISIÓN DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y EL CRIMEN
ORGANIZADO TRANSFRONTERIZO
Artículo 1
Créase la Comisión de Lucha Contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo, la cual funcionará en la órbita de la Presidencia de la República y estará integrada por el Prosecretario de la Presidencia de la República, los Subsecretarios del Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Economía y Finanzas y Ministerio de Relaciones Exteriores, el Banco Central del Uruguay y la Secretaría Nacional para la Lucha Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; JORGE VÁZQUEZ; RODOLFO NIN NOVOA; DANILO ASTORI; JORGE MENÉNDEZ; VÍCTOR ROSSI; MARINA ARISMENDI.