La Comisión de Lucha Contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado Transfronterizo tendrá las siguientes competencias:
A) Elaborar el Plan Nacional de Lucha contra el Narcotráfico y el Crimen
Organizado Transfronterizo.
B) Efectuar el seguimiento del Plan, el cual será ejecutado por los
organismos estatales competentes.
C) Aprobar los ajustes y las modificaciones al Plan que se consideren
necesarios.
D) Promover vínculos con otros Estados y Organismos Internacionales a los
efectos de facilitar la cooperación internacional en la lucha contra
el narcotráfico y el crimen organizado transfronterizo.
E) Realizar un informe anual, el cual será elevado a consideración del
Presidente de la República y de la Asamblea General.
CAPÍTULO II
DEL COMITÉ DE SEGURIDAD PARA LOS PASOS DE FRONTERA