Fecha de Publicación: 03/10/2017
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

                                 Ley 19.535

Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal, correspondiente al ejercicio 2016.
(4.083*R)

                            PODER LEGISLATIVO

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

                                SECCIÓN I

                         DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1

   Apruébase la Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2016, con resultado:

   1)   Deficitario de $ 77.194.189.000 (setenta y siete mil ciento
        noventa y cuatro millones ciento ochenta y nueve mil pesos
        uruguayos) correspondientes a la ejecución presupuestaria.

   2)   Superavitario de $ 4.925.920.000 (cuatro mil novecientos
        veinticinco millones novecientos veinte mil pesos uruguayos) por
        concepto de operaciones extrapresupuestarias, derivadas de la
        aplicación de normas legales.

   Los importes referidos precedentemente surgen de los estados demostrativos y auxiliares que acompañan a la presente ley como anexos y forman parte de la misma.

   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; EDUARDO BONOMI; ARIEL BERGAMINO; DANILO ASTORI; JORGE MENÉNDEZ; MARÍA JULIA MUÑOZ; VÍCTOR ROSSI; CAROLINA COSSE; ERNESTO MURRO; CRISTINA LUSTEMBERG; TABARÉ AGUERRE; LILIAM KECHICHIAN; JORGE RUCKS; MARINA ARISMENDI.
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