Fecha de Publicación: 22/11/2017
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Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 4

   Sustitúyese el artículo 83 del Código de la Niñez y la Adolescencia aprobado por Ley N° 17.823, de 7 de setiembre de 2004, el que quedará redactado de la siguiente forma:

        "ARTÍCULO 83. (Vías alternativas a la solución del conflicto).-
        En toda conclusión extraordinaria del proceso que signifique la
        aplicación de los institutos previstos por los artículos 382 a
        401 del Código del Proceso Penal, se deberá valorar el sentido
        pedagógico y educativo de la vía propuesta".
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