PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
Agrégase al artículo 32 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en la redacción dada por el artículo 15 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013, el siguiente inciso: "Exceptúase de lo dispuesto en el inciso primero a la Corporación de Protección del Ahorro Bancario".Ayuda