(Comisión Honoraria Asesora).- Créase la Comisión Honoraria Asesora en Centros y Servicios de Referencia, que funcionará en el Ministerio de Salud Pública. Estará integrada por dos representantes de esa cartera, uno de los cuales la presidirá, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, un representante de la Facultad de Medicina de la Universidad de la República, un representante del Fondo Nacional de Recursos y un representante de los prestadores integrales de salud.
Por cada representante titular, se designará un alterno.
Los integrantes de la Comisión Honoraria Asesora en Centros y Servicios de Referencia deberán actuar conforme a lo dispuesto en los artículos 20 a 22 de la Ley N° 17.060, de 23 de diciembre de 1998 y en su Decreto Reglamentario.