PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
(Incorporación al régimen de beneficios de la Ley de Inversiones).-Agrégase al inciso tercero del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, el siguiente literal:
"H) Incorporen a la plantilla de personal de la empresa personas
trans que residan en la República".
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