Fecha de Publicación: 07/11/2018
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Carilla: 24

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 14

   (Incorporación al régimen de beneficios de la Ley de Inversiones).-Agrégase al inciso tercero del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, el siguiente literal:

   "H)  Incorporen a la plantilla de personal de la empresa personas
        trans que residan en la República".
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