PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
(Financiamiento del subsidio).- Agrégase al artículo 2° de la Ley N° 18.406, de 24 de octubre de 2008, el siguiente literal: "Q) Brindar asistencia financiera al Programa Temporal de Subsidio al Empleo, con el objetivo de promover la incorporación de nuevos trabajadores al mercado laboral, en las condiciones que se estipulen".Ayuda