(Haber básico de retiro).- Se denomina haber básico de retiro aquel que se toma como punto de partida para la obtención del haber de retiro.
El haber básico de retiro será el promedio mensual de las asignaciones computables actualizadas de los últimos sesenta meses de servicios militares efectivos.
Tratándose de retiros por incapacidad, si el tiempo de servicios militares efectivos no alcanzare a sesenta meses, se tomará el promedio mensual actualizado correspondiente al período o períodos efectivamente registrados.
La actualización se hará hasta el mes inmediato anterior al inicio del servicio del retiro, de acuerdo al Índice Medio de Salarios, elaborado conforme al artículo 39 de la Ley N° 13.728, de 17 de diciembre de 1968.