Fecha de Publicación: 07/11/2018
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 18

   (Capacitación y formación).- A los efectos de la capacitación y formación de su personal, la Secretaría de Inteligencia Estratégica de Estado podrá recurrir a instituciones públicas o privadas, civiles o militares, tanto nacionales como del exterior.
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