Fecha de Publicación: 07/11/2018
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 24

   (Responsabilidad administrativa).- El personal de los órganos que integran el Sistema Nacional de Inteligencia de Estado que infrinja sus deberes u obligaciones incurrirá en responsabilidad administrativa, conforme lo determinen las normas reglamentarias de las respectivas instituciones, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiera corresponderle.

                               CAPÍTULO II

                  DE LOS CONTROLES DEL PODER LEGISLATIVO
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