Fecha de Publicación: 07/11/2018
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 25

   (Comisión parlamentaria).- Créase en la Asamblea General (artículo 105 de la Constitución de la República) una comisión parlamentaria bicameral con el cometido de controlar y supervisar la actuación del Sistema Nacional de Inteligencia de Estado en la que participarán legisladores de todos los partidos políticos con representación parlamentaria.
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