Fecha de Publicación: 07/11/2018
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Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 38

   (Reglamentación. Plazo).- El Poder Ejecutivo dispondrá de un plazo de ciento veinte días a partir de la promulgación de esta ley para reglamentar la misma.

   La reglamentación incluirá la estructura de cargos de la Secretaría, con sus respectivos requerimientos funcionales.
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