Fecha de Publicación: 09/05/2019
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                 Ley 19.739

Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar un crédito fiscal a las empresas privadas para actividades de investigación y desarrollo.
(2.043*R)

                            PODER LEGISLATIVO

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo 1

   Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar un crédito fiscal a las empresas regidas por el derecho privado, por sus gastos en actividades de Investigación y Desarrollo, siempre que los mismos se encuentren debidamente certificados por la Agencia Nacional de Investigación e Innovación.

   Dicho crédito podrá alcanzar como máximo a 35% (treinta y cinco por ciento) de los gastos en Investigación y Desarrollo que sean ejecutados en su totalidad dentro de la empresa. En casos de proyectos que se desarrollen conjuntamente con centros tecnológicos o universidades que estén debidamente certificadas en cuanto a sus capacidades en materia de Investigación y Desarrollo, el crédito fiscal podrá alcanzar a un máximo de 45% (cuarenta y cinco por ciento) de los gastos de Investigación y Desarrollo.

   La Agencia Nacional de Investigación e Innovación será la entidad técnica encargada de implementar el esquema al que refiere el presente artículo.

   El Poder Ejecutivo determinará en la reglamentación el alcance del concepto de Investigación y Desarrollo a utilizar, los gastos elegibles, los topes y otros aspectos necesarios para la aplicación del beneficio; asimismo, el Poder Ejecutivo establecerá anualmente el monto máximo de beneficios que podrán otorgarse en el marco de lo previsto en la presente ley.

Artículo 2

   Derógase el literal C) del artículo 23 del Título 4 del Texto Ordenado 1996.

   Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 2 de abril de 2019.
   PATRICIA AYALA, Presidente; HEBERT PAGUAS, Secretario.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

                                           Montevideo, 12 de Abril de 2019

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se faculta al Poder Ejecutivo a otorgar un crédito fiscal a las empresas privadas para actividades de investigación y desarrollo.

   Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; PABLO FERRERI; GUILLERMO MONCECCHI.
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