Sustitúyese el literal H) del artículo 35 de la Ley N° 18.446, de 24 de diciembre de 2008, por el siguiente:
"H) Suscribir convenios, con todas las instituciones públicas
(estatales y no estatales) y con los organismos internacionales y
sus agencias de los que el Estado es parte, toda vez que resulte
necesario para el mejor cumplimiento de sus funciones".