PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 3
(Determinación).- Los montos de viáticos al exterior se otorgarán de acuerdo con la escala básica que fija el Ministerio de Relaciones Exteriores en base a la elaborada por Naciones Unidas según el destino.
Los montos de los viáticos generados en el país serán determinados por el Poder Ejecutivo y ajustados anualmente por el Ministerio de Economía y Finanzas.