Fecha de Publicación: 05/08/2019
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 171

   Mantendrán vigencia los órganos establecidos en el Decreto-Ley N° 14.157, de 21 de febrero de 1974, competentes para discernir calificaciones y entender en los recursos contra las mismas, hasta la aprobación de las leyes orgánicas de cada Fuerza.
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