Fecha de Publicación: 11/09/2019
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

   (Ámbito de aplicación).- La presente ley se aplicará a las actividades de comercialización, transporte y almacenamiento de carnes y derivados, así como su transformación en los puntos de venta al público.
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