Fecha de Publicación: 25/09/2019
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Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 5

   Habilítase a la INDDHH a suscribir los convenios necesarios, tanto en el ámbito nacional como internacional para dar cumplimiento al mandato del artículo 1° de la presente ley.
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