Fecha de Publicación: 30/09/2019
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 51

   (Autorización y condiciones).- Solo podrá procederse a realizar la disposición final de residuos en rellenos sanitarios o depósitos de largo plazo que cuenten con autorización ambiental otorgada por el MVOTMA. Los que estén operativos dispondrán de un plazo de tres años para obtenerla a partir de la promulgación de la presente ley.

   Dicho Ministerio debe determinar los requerimientos para el otorgamiento de la referida autorización y demás aspectos vinculados a la tramitación de la solicitud correspondiente.
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