Fecha de Publicación: 30/09/2019
Página: 4
Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 61

   (Educación).- Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre de 2000, el MVOTMA y las autoridades de la educación deben promover la educación ambiental vinculada a la prevención de la generación, valorización y gestión ambientalmente sostenible de residuos.

                    Capítulo XI - Otras disposiciones
Ayuda