PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 25
El personal que se encuentre en situación de disponibilidad gozará, en virtud de lo dispuesto en el literal A) del artículo 22 del presente Estatuto, de la mitad del sueldo de su cargo presupuestal, sin compensaciones.
Quienes se encuentren en las situaciones enumeradas en los literales B) y C) del artículo 22 del presente Estatuto, no percibirán remuneración alguna.