Fecha de Publicación: 14/07/2020
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 375

   (Creación).- Sustitúyese el artículo 14 de la Ley N° 18.471, de 27 de marzo de 2009, en la redacción dada por el artículo 285 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, por el siguiente:

   "ARTÍCULO 14.- Créase el 'Instituto Nacional de Bienestar Animal' como
   órgano desconcentrado del Ministerio de Ganadería, Agricultura y
   Pesca, el cual constituirá una unidad ejecutora del Inciso 07 de
   conformidad con lo que se disponga por ley de presupuesto".
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