PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Ley 20.052
Créase la persona jurídica de derecho público no estatal Central Hortícola del Norte (CHN).
(2.328*R)
PODER LEGISLATIVO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
Artículo 1
(Creación).- Créase una persona jurídica de derecho público no estatal bajo la denominación de "Central Hortícola del Norte" (CHN). En sus relaciones institucionales se comunicará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca. Estará exenta de todo tributo de carácter nacional, excepto las contribuciones a la seguridad social.
LACALLE POU LUIS; FERNANDO MATTOS; AZUCENA ARBELECHE.