PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Artículo 4
(Órganos Directivos, integración).- La Central Hortícola del Norte (CHN), estará dirigida por una Junta Directiva. La Junta Directiva estará integrada por cinco miembros honorarios, designados de la siguiente forma:
A) Un miembro designado por la Intendencia de Salto. La designación
deberá recaer en un profesional de probada solvencia técnica y
gerencial.
B) Un miembro designado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca. La designación deberá recaer en un profesional de probada
solvencia técnica y gerencial.
C) Un miembro designado por las gremiales de productores granjeros
radicados al norte del río Negro.
D) Un miembro designado por los operadores que figuren en el registro de
operadores de la CHN, mediante voto secreto y por mayoría simple.
E) Un miembro designado en representación de la Comisión Consultiva
Honoraria.
Los miembros designados en los literales A) y B) permanecerán en sus cargos un período de gobierno. Los designados en los literales C) y D) permanecerán tres años en el cargo a partir de su designación, debiendo ser ratificados anualmente por la organización que los postuló. Al momento de la postulación los miembros del sector privado deberán acreditar la personería jurídica vigente de la organización que integran. Los miembros designados en los literales C) y D) podrán ser nuevamente nominados por una única vez, por un nuevo período de tres años. El miembro designado en el literal E) será un representante de los Gobiernos Departamentales y alternarán anualmente. Los miembros salientes permanecerán en sus funciones hasta que asuman los nuevos miembros designados. Juntamente con la designación de los miembros titulares, y por el mismo procedimiento, se designará igual número de suplentes para todos los casos, quienes desempeñarán el cargo en caso de ausencia temporal o permanente del titular respectivo.