Fecha de Publicación: 06/07/2022
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 8

   (Competencias).- Asimismo, serán competencias de la Junta Directiva:

A) Definir los lineamientos estratégicos, así como los planes de
   desarrollo de mediano y largo plazo relativos a inversiones tendientes
   a la expansión de infraestructura.

B) Autorizar la incorporación de nuevos rubros de actividad.

C) Designar comisiones de estudio y trabajo estableciendo sus cometidos
   específicos.

D) Coordinar con otras organizaciones del Estado acciones tendientes al
   logro del mejoramiento de las condiciones laborales de los
   trabajadores y de los operadores.

E) Proponer modificaciones al Reglamento.

F) Aprobar el presupuesto y los estados contables.

G) Designar un Gerente que se seleccionará mediante llamado público,
   entre personas de probada idoneidad técnica y gerencial. El Gerente
   tendrá voz, pero no voto, en la Junta Directiva y, entre otros
   cometidos que la Junta le asigne, propondrá el organigrama de los
   recursos humanos de la Central Hortícola del Norte.
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