Fecha de Publicación: 25/01/2023
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 10

   (Recomposición de fondos del FGDPL).- Luego de canceladas las obligaciones del fideicomiso creado por la Ley N° 19.596, de 16 de febrero de 2018, incluidos los costos financieros y gastos incurridos por el mismo, se prorrogará la vigencia de la retención por litro de leche hasta recomponer los US$ 6.000.000 (dólares estadounidenses seis millones) destinados a capitalizar el Fondo de Reconversión de Industrias Lácteas, de ejercerse la facultad prevista en el inciso segundo del artículo 5° de la presente ley.
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